El Tribunal Constitucional declaró improcedente el hábeas corpus presentado por el presidente de la Coordinadora Nacional Anticorrupción, Enrique Bernal Solano, a fin de liberar al líder del etnocacerismo, Antauro Humala.
Según argumentó Bernal, el responsable del Andahuaylazo “No ha cometido los delitos por los que fue condenado -rebelión, secuestro y homicidio calificado- , sino que hizo uso de su derecho de insurgencia”.
Además, sostuvo que la reclusión de Humala Tasso “pone en alto riesgo su vida por la enfermedad del Covid-19”.
En ese sentido, el máximo intérprete de la Constitución señaló que no puede revalorar los hechos en cuestión y que “la subsunción de los hechos, la valoración de las pruebas y su suficiencia en el proceso penal, así como la determinación de la responsabilidad penal son competencias asignadas a la judicatura ordinaria”.
Asimismo, la resolución del TC señala que no se ha presentado ningún documento que acredite que Antauro Humala presente deficiencias de salud y que un informe médico del 2 de noviembre del 2020 evidenció que estaba “clínicamente estable”.
Fuente: Diario Voces




