La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), impuso una medida preventiva de cierre temporal al Centro de Inspección Técnica Vehicular (CITV) Negocios e Inversiones Maylux S.A.C., ubicado en el km 467 de la Carretera Fernando Belaúnde Terry, en la provincia de Rioja, región San Martín.
La medida, que tendrá una vigencia de ocho días, fue adoptada luego de que, durante una inspección realizada por fiscalizadores de la Unidad Desconcentrada (UD) San Martín de la SUTRAN, el personal del establecimiento obstaculizara el desarrollo de la supervisión, impidiendo su ejecución. Esta infracción, conforme al Reglamento Nacional de Inspección Técnica Vehicular (DS N° 025-2008-MTC), está tipificada con el código IT18 y conlleva el cierre temporal del CITV.

Desde la SUTRAN se recordó que las intervenciones en entidades complementarias, como los CITV, responden a un enfoque preventivo. Su finalidad es garantizar que no se emitan certificados a vehículos que no cumplen con los requisitos técnicos y documentarios exigidos por la normativa vigente, reduciendo así el riesgo de siniestros viales. Además, se busca que los centros autorizados mantengan los archivos digitales fílmicos durante el tiempo estipulado por la ley.
Los CITV tienen la responsabilidad de evaluar, verificar y certificar el correcto funcionamiento y mantenimiento de los vehículos, así como el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional. Su labor es fundamental para garantizar la seguridad del transporte y tránsito terrestre, así como para preservar condiciones ambientales adecuadas.
Se exhorta a los ciudadanos a acudir únicamente a centros de inspección técnica vehicular que cuenten con la habilitación del MTC, la cual puede ser verificada a través del siguiente enlace: https://www.gob.pe/12138-consultar-cuales-son-los-centros-de-inspeccion-tecnica-vehicular-citv. De esta manera, se evita la imposición de multas que ascienden a S/2675 (equivalente al 50 % de una Unidad Impositiva Tributaria – UIT), así como el internamiento del vehículo y la acumulación de 50 puntos en contra en el récord del conductor.




