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Motocarristas solo podrán transportar a un pasajero

Desde el 01 de junio según disposiciones municipales
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Moyobamba. A partir del 01 de junio entrará en vigencia en Moyobamba, el cumplimiento de la Resolución Ministerial N° 0258-2020.MTC/01, donde se aprueban protocolos sanitarios para la continuidad del servicio de transporte en la zona urbana, con la finalidad de prevenir el contagio y la propagación del COVID-19.

Según las normas legales publicadas el pasado sábado en el Diario Oficial El Peruano, sobre el servicio de transporte terrestre en zona urbana, la oferta de dicho servicio la determinan los gobiernos locales, en este caso el cumplimiento de los protocolos estará a cargo del área de transportes de la municipalidad de Moyobamba.

El gerente general de la municipalidad de Moyobamba, CPC Manuel Moisés Silva Chávez, mencionó que todos los motocars y conductores se tienen que adecuar de acuerdo a las condiciones que viene exigiendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asimismo cumplir con los temas de bioseguridad como la desinfección de sus vehículos.

Silva Chávez, califica como una contradicción del gobierno central, en relación al número de pasajeros que deberían transportar los motocarristas, toda vez que el mismo Decreto de Emergencia indica que solo una persona por familia está autorizada a salir de casa para hacer las comprar o realizar gestiones en las entidades financieras; sin embargo y tras las reuniones con los dirigentes motocarristas, se ha determinado que solo un pasajero se puede transportar y que esto debe regir a partir del 01 de junio.

Diario Amanecer