RADIO MOYOBAMBA

Hasta 10 años de cárcel: las conductas que están prohibidas y penadas durante las elecciones

La suplantación de identidades es el delito electoral más común, con una pena de entre uno a cuatro años de prisión
MNC Medios

MNC Medios

Medio de Comunicación Digital
prensa@moyobamba.com

QN5EAKLIOBDKXE4RMKOLBBPFQ4

Para muchos ciudadanos, la ley seca es la única o la principal prohibición durante un proceso electoral. Sin embargo, son varios los delitos contra el derecho al sufragio tipificados en el Código Penal peruano, con sanciones de hasta 10 años de cárcel.

El Comercio conversó con Alfonso Barrenechea, coordinador nacional de las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito, quien detalló qué conductas están prohibidas para votantes y candidatos.

1. El delito más frecuente en los procesos electorales.

De acuerdo a Barrenechea, el delito electoral más común es la suplantación de votantes. “Muchas veces ocurre que un familiar no puede ir a votar por un tema de trabajo, y para que este no pague la multa, uno se ofrece a sufragar por él”, explicó.

Hemos advertido que la mayoría de casos de suplantación no tienen la intención de alterar el derecho ciudadano al sufragio, sino de evitar que otros paguen las multas administrativas”, recalcó.

Este delito –detalla el especialista– tiene una pena que va desde 1 a 4 años de prisión. Además, el proceso se realiza en contra de los dos involucrados: el que suplanta y el suplantado.

2. El voto secreto no es solo un derecho, sino también un deber.

El publicitar el voto es también un delito electoral, sancionado hasta con un año de cárcel. “La reserva del voto es un derecho que tiene todo ciudadano, pero también es un deber. Estamos impedidos de publicitarlo”, advirtió Barrenechea. También exhortó a los ciudadanos a no publicar en redes sociales fotos de sus cédulas de sufragio, ya que si bien esto no se menciona específicamente en la normativa, podría generar responsabilidad penal.

3. La propaganda electoral tiene límites establecidos.

Solo se puede realizar publicidad electoral hasta las 11:59 p.m. del 30 de setiembre. Pasado ese tiempo, está prohibido. Por lo tanto, si una persona va a un local de votación con una prenda con propaganda de un partido, incluso con un artículo con la identificación de un candidato, comete un delito con una pena de hasta 2 años de cárcel.

A partir de las 00:00 h del sábado 1 de octubre no se va a permitir ningún tipo de propaganda. Inclusive vamos a coordinar con las municipalidades para retirar la propaganda que se encuentre cerca de los centros de votación”, expresó el especialista.

4. Delitos asociados a candidatos y agrupaciones.

Cuando uno se refiere a delitos vinculados a los postulantes, el más frecuente es el perturbar o impedir el desarrollo del proceso electoral usando violencia o amenaza. Esto es sancionado con una pena privativa de la libertad de entre 3 y 10 años.

“En ciertas ocasiones, y más en elecciones focalizadas como las municipales y regionales, un candidato puede llegar a alterar el proceso electoral, e incluso a tomar colegios, ya sea por él mismo o a través de sus simpatizantes”, declaró Barrenechea.

Otros delitos asociados a los postulantes son la destrucción de ánforas y el modificar el resultado de una elección (ambos con hasta 8 años de prisión).

5. No se permiten armas de fuego, incluso si el usuario tiene licencia.

Así uno tenga la autorización administrativa de Sucamec, está prohibido que un ciudadano pueda apersonarse a un local de votación con un arma de fuego. Se han visto casos de esos. Y esto no solo tiene una pena de un año de cárcel, también se le decomisa el arma y se le cancela la autorización respectiva”, comentó el especialista.

6. Ciertos delitos están relacionados a los miembros de mesa.

Si un miembro de mesa, sin ningún tipo de justificación, no permite que una persona vote, eso también constituye un acto delictivo, porque todo ciudadano tiene el derecho de elegir a sus autoridades”, señaló.

Ese delito se castiga con penas entre 1 y 4 años de cárcel.

DATO
Acciones preventivas

  • El 22 de setiembre, la Fiscalía de la Nación comenzó a realizar labores de prevención de delitos electorales. Para ello, se ha reunido con instituciones como la ONPE, el JNE, el Minsa la policía, así como con candidatos y personeros.
  • Desde el sábado se efectuarán operativos de fiscalización de propaganda política y la venta de bebidas alcohólicas.
  • El 2 de octubre, el día de las elecciones, fiscales estarán en los centros de votación para actuar rápidamente si se registra un delito electoral.

MNC NOTICIAS