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ATENCIÓN: Ley que deja fuera a los altos funcionarios que no cumplan requisitos

Establece que altos funcionarios deben tener experiencia mínima para ejercer cargos. Los servidores públicos en funciones tienen 30 días para adecuarse a estas exigencias o deberán apartarse de los cargos.
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El Gobierno publicó el martes 15 de febrero una ley aprobada por el Congreso que establece requisitos mínimos que deben cumplir altos funcionarios, tales como viceministros y secretarios generales de ministerios.

Además, dispone que en caso de quienes ocupen actualmente esos cargos no cumplan con el perfil, en un plazo de 30 días quedarán impedidos de ejercer sus funciones.

Se trata de la Ley 31419, que busca “establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función”.

El texto menciona que los requisitos para ser viceministro son:

Tener formación superior completa, ocho años de experiencia general y cinco de experiencia específica en puestos o cargos de directivo o de nivel jerárquico similar en el sector público o privado, pudiendo ser estos parte de los ocho años de experiencia general.

Las mismas exigencias se establecen para el puesto de secretario general de un ministerio y para los titulares, adjuntos, presidentes y miembros de los órganos colegiados de libre designación y remoción de los organismos públicos del Ejecutivo.

Además, se piden condiciones similares para ser gerente general regional, gerente regional o director regional, pero con cinco años de experiencia general y tres años de experiencia específica.

Lo mismo sucede para gerentes municipales de gobiernos locales provinciales y gerentes municipales de distritos de más de 250 mil habitantes, aunque con cuatro años de experiencia general y tres años de específica.

También están impedidos de acceder a los cargos mencionados quienes tengan una condena en primera instancia, así como quienes estén inhabilitados por el Congreso, por el Poder Judicial o hayan sido destituidos de la administración pública por falta muy grave.

—Plazo de 30 días—

Se dispone que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) debe aprobar el reglamento de la ley en los próximos 90 días, y se fija una disposición transitoria de “adecuación de servidores en funciones a la presente ley”.

“Para permanecer en el cargo, los servidores en funciones deben adecuarse a los requisitos establecidos en la presente ley, en un plazo máximo de 30 días calendario a partir de su vigencia”, precisa la ley.

Vencido ese plazo sin haberse cumplido con la adecuación, los funcionarios quedan “impedidos de seguir ejerciendo el cargo, bajo responsabilidad funcional”.

Iván Lanegra, secretario general de Transparencia, comentó que, por un lado, la ley servirá para aplicarse a funcionarios nuevos, quienes a partir de ahora deben cumplir los requisitos, mientras que la mencionada disposición transitoria servirá para que los actuales funcionarios se adapten a la ley.

“Les dan 30 días calendario para adecuarse. Evidentemente, solo aquello que es materialmente posible cumplir en 30 días. De no serlo, sencillamente tendrán que dejar su posición. Va a ser bajo responsabilidad del funcionario que está a su cargo, del que lo designa”, explicó.

Alejandro Navarrete, laboralista del estudio Navarrete Maldonado, señaló que la ley no establece una suspensión de su vigencia, por lo que se entiende que comienza regir desde el día siguiente de su publicación. Así, el plazo de 30 días se cuenta desde hoy.

Añadió que sería responsabilidad de Servir o de la contraloría –según sus competencias– verificar que los funcionarios cumplan estos nuevos requisitos.

—Ley mejorable—

Lanegra agregó que un contexto marcado por un “claro abuso de la responsabilidad que se le da a los funcionarios” al designar a personas sin considerar si son idóneas, esta ley puede ser “un freno para los casos más arbitrarios”.

Mayen Ugarte, abogada especialista en gestión pública, consideró que las exigencias mencionadas son razonables. “Están pidiendo, por lo menos, experiencia en la materia”, indicó.

“Nunca habíamos necesitado algo así porque había un entendimiento general de que tú buscas a las personas que tienen los conocimientos y las habilidades. […] La necesidad de poner una regulación como esta nos habla de una precarización muy grande”, opinó.

Para Alexandra Ames, especialista en políticas públicas, la ley es un avance que debería extenderse a trabajadores del Congreso y a los asesores contratados bajo el sistema de Fondo de Apoyo Gerencial (FAG).

De lo contrario, consideró que quienes no cumplen los requisitos podrían “acomodarse en otras modalidades de trabajo y van a ser quienes gobiernen en la sombra”.

“La lógica es preservar la meritocracia para el acceso a cargos en el sector público; en ese sentido, está bien”, opinó Guiselle Romero, profesora de Gestión Pública de la Universidad Católica.

Sin embargo, advirtió que “la experiencia directiva en el sector privado no necesariamente sirve para el sector público”.

Más información

-Esta ley nace a partir de un proyecto presentado por la contraloría en setiembre del 2021.

-El proyecto pasó luego por las comisiones de Constitución y de Descentralización del Parlamento.

-La Ley 31419 fue aprobada por el pleno el 13 de enero último.

Fuente: El Comercio