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Trabajadores en suspensión perfecta tienen derecho a gratificación por fiestas patrias

Percibirán la gratificación de acuerdo a su última remuneración
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Moyobamba. Ante los últimos acontecimientos respecto al impacto del COVID- 19 sobre la clase trabajadora, el Estudio Jurídico Adler Oliva Abogados & Consultores informó a través de su cuenta Facebook que los empleadores de la pequeña, mediana y gran empresa, tienen la obligación de realizar el pago de las gratificaciones de Fiestas Patrias a sus trabajadores, como máximo hasta el próximo 15 de julio.

Según la publicación, si el trabajador se encuentra en suspensión perfecta de labores debidamente aprobada, tendrá derecho al pago de la gratificación. En el régimen laboral general, el monto de la gratificación será equivalente a una remuneración íntegra si el trabajador ha laborado el semestre completo.

Asimismo, en el caso en que haya quedado sin efecto la suspensión perfecta de labores presentada por el empleador, ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dicho periodo deberá considerarse como trabajado, es decir, también debe ser considerado para el cálculo de la gratificación de julio.

También se advierte que, si el trabajador obtuvo una licencia con goce de haber o estuvo con descanso médico -dando origen al pago de un subsidio-, dichos días se considerarán como laborados para obtener la gratificación de Fiestas Patrias.

Cabe señalar que los trabajadores que durante el Estado de Emergencia Sanitaria acordaron voluntariamente con su empleador, la reducción de sus remuneraciones, el monto de su gratificación se calculará según el sueldo que se encuentre percibiendo en la actualidad.

Finalmente, Adler Oliva en calidad de gerente fundador del estudio, exhortó el cumplimiento de los derechos laborales e informó que si transcurrido el 15 de julio, los trabajadores que se encuentren en el régimen privado no hayan percibido la gratificación de Fiestas Patrias, pueden interponer sus denuncias ante la Sunafil, de forma virtual, ingresando al ícono Denuncia Virtual, alojado en la página web: https://www.sunafil.gob.pe./.