Este 6 de diciembre se celebra el ‘Día de la Policía Nacional del Perú‘, la institución encargada de garantizar y mantener el orden interno en el país.
La fecha conmemora la agrupación de la Guardia Civil, la Policía de Investigaciones y la Guardia Republicana en una sola fuerza policial, ocurrida en el año 1988.
Hoy en día, la Policía Nacional es un organismo dependiente del Ministerio del Interior, y vela por el libre ejercicio de los derechos ciudadanos y el normal desarrollo de las actividades del día a día.
La Policía Nacional del Perú institución del orden que celebra hoy 6 de diciembre su 33° aniversario.
FUNCIONES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
Según la Ley de la Policía Nacional del Perú, sus funciones son:
–Mantener la seguridad y tranquilidad públicas para permitir el libre ejercicio de los derechos fundamentales de la persona consagrados en la Constitución Política del Perú.
–Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes especiales, perseguibles de oficio; así como aplicar las sanciones que señale el Código Administrativo de Contravenciones de Policía.
–Garantizar la seguridad ciudadana. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas.
–Brindar protección al niño, al adolescente, al anciano y a la mujer que se encuentran en situación de riesgo de su libertad e integridad personal, previniendo las infracciones penales y colaborando en la ejecución de las medidas socio-educativas correspondientes.
–Investigar la desaparición de personas naturales.
–Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la vía pública y en las carreteras, asegurar el transporte automotor y ferroviario, investigar y denunciar los accidentes de tránsito, así como llevar los registros del parque automotor con fines policiales, en coordinación con la autoridad competente.
–Intervenir en el transporte aéreo, marítimo, fluvial y lacustre en acciones de su competencia.
–Vigilar y controlar las fronteras, así como velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre control migratorio de nacionales y extranjeros.
–Brindar seguridad al Presidente de la República en ejercicio o electo, a los Jefes de Estado en visita oficial, a los Presidentes de los Poderes Públicos y de los organismos constitucionalmente autónomos, a los Congresistas de la República, Ministros de Estado, así como a diplomáticos, dignatarios y otras personalidades.
–Cumplir con los mandatos escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones, Ministerio Público y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el ejercicio de sus funciones.
–Participar en la seguridad de los establecimientos penitenciarios, así como en el traslado de los procesados y sentenciados de conformidad con la ley.
-Participar en el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente, la seguridad del patrimonio arqueológico y cultural de la Nación.
–Velar por la seguridad de los bienes y servicios públicos, en coordinación con las entidades estatales correspondientes.
–Participar en la Defensa Nacional, Defensa Civil y en el desarrollo económico y social del país.
–Ejercer la identificación de las personas con fines policiales.
-Ejercer las demás funciones que le señalen la Constitución y las leyes.
MNC MEDIOS