RADIO MOYOBAMBA

27 de junio se conmemora el «Día Internacional de la Sordoceguera»

La sordoceguera puede ser una discapacidad congénita o producto de rubéola en el embarazo, otra causa es la prematuridad del feto y está ligada a la utilización incorrecta de las incubadoras.
MNC Medios

MNC Medios

Medio de Comunicación Digital
prensa@moyobamba.com

standard_sordoceguera_web

Cada, 27 de junio, se ha declarado como el «Día Internacional de la Sordoceguera», ello es según la «Declaración de las Necesidades Básicas de las Personas Sordociegas», en Estocolmo, Suecia, en el año 1989.

Esta denominación se hizo en homenaje al natalicio de Hellen Keller, quien representa a un modelo de persona sordociega exitosa, a fin de divulgar en todos los medios de comunicación a nivel mundial, la existencia de la sordoceguera.

La sordoceguera puede ser una discapacidad congénita o producto de rubéola en el embarazo, otra causa es la prematuridad del feto y está ligada a la utilización incorrecta de las incubadoras. De manera hereditaria puede ser transmitida a través del síndrome de Usher, un gen recesivo que genera sordera al nacer y pérdida gradual de la visión.

De acuerdo con los resultados de la Primera Encuesta Nacional Especializada sobre Discapacidad – ENEDIS del año 2012 realizada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, señala que 6 de cada 10 personas con discapacidad presentan más de una limitación, proporción que podría abarcar a las personas con sordoceguera (limitación visual y auditiva) con el 30,3% y con multidiscapacidad (dos o más limitaciones) con el 31,2%.La ENEDIS no señala con precisión el número de peruanos y peruanas con sordoceguera pero, sin embargo, nos concede una interesante aproximación cuando señala que el 3,2% (8,348) del 16,6% (260,873) de personas con discapacidad para hablar o comunicarse declararon que “utilizan el guía interprete” para comunicarse. En el mundo de la discapacidad solo las personas con sordoceguera utilizan el guía intérprete por lo que podemos inferir que más de 8,000 peruanos y peruanas tienen la condición de sordociegos/as.

El 1 de mayo de 2010, se aprobó la Ley No. 29524, Ley que Reconoce la Sordoceguera como Discapacidad Única en el Perú. Dicha norma reconoce como Sistemas de Comunicación tanto la Dactilología como el Sistema Braille además de otros sistemas de comunicación alternativos y establece la necesidad de crear el servicio de guía interpretación.

El 16 de junio de 2011, se aprobó el reglamento de la Ley No. 29524por Decreto Supremo No. 006-2011-MIMDES que regula el servicio de guía interpretación, establece obligaciones al Ministerio de Educación y al CONADIS y señala que el servicio es obligatorio para las instituciones públicas desde el 1 de julio de 2011 y para las privadas de uso público desde el 1 de enero de 2012.
Posteriormente, se aprobaran los sistemas de comunicación alternativos para las personas sordociegas con Resolución Ministerial 0636-2011-ED.